Estado de alarma y moratoria pago hipoteca

¿Qué es la moratoria y a quién va dirigida?

La aplicación del Real-Decreto 8/20 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 establece medidas para procurar la moratoria del pago de la hipoteca.

Hay que tener presente, sin embargo, que esta medida es una ampliación del tiempo para el pago de la deuda, quedando limitada a las hipotecas que están destinadas a la adquisición de vivienda habitual. Además, esta hipoteca o crédito debe estar garantizado o garantizada con un inmueble. También es necesario que la persona obligada al pago se encuentre en situación de vulnerabilidad económica. Pero además, estas circunstancias de situación económica precaria sólo podrán ser las que recoge la misma normativa y deberán darse en el momento en que se acordó esta ley.

De forma resumida podemos decir que estos requisitos son:

  1. Estar en paro o bien ser autónomo o profesional y tener un descenso muy importante de ingresos.
  2. Que el conjunto de los ingresos de la unidad familiar no haya superado en el mes anterior una cantidad que variará en función de las circunstancias de cada familia.
  3. Que la cuota hipotecaria más los gastos y suministros básicos sea igual o superior al 35 por ciento de los ingresos netos de la familia en su conjunto.
  4. Que como consecuencia de la emergencia sanitaria la familia se vea afectada en su esfuerzo de acceso a la vivienda.

Muchas familias se ven afectadas por las consecuencias que representa el confinamiento decretado por el estado de alarma desde un punto de vista económico; pero, aún así, no reúnen los requisitos que contempla esta moratoria, ya sea porque el crédito solicitado es para impulsar el negocio, para el pago de los estudios de los hijos, para liquidar las deudas que aún venían derivados de la crisis económica anterior, etc.

En todos estos casos habrá que negociar nuevamente con la entidad bancaria a fin de poder tener acceso a otro tipo de aplazamiento. En el caso de las personas que están en situación vulnerable, se puede pedir al banco la aplicación del Código de Buenas Prácticas (si la entidad bancaria está adherida) a fin de reestructurar la deuda mediante diferentes opciones.